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¿Qué es el SOAP?

El SOAP es un seguro exigido por Ley, que cubre la muerte y lesiones corporales que sea consecuencia directa de accidentes sufridos por personas en los cuales intervenga un vehículo asegurado.

Cubre los gastos médicos de atención prehospitalaria y el transporte sanitario, la hospitalización, la atención médica, quirúrgica, dental, prótesis, implantes, los gastos farmacéuticos y la rehabilitación de las víctimas.

Debe ser contratado por todo propietario de vehículo motorizado, remolque, acoplado y casa rodante al momento de adquirir su Permiso de Circulación. Los vehículos con

matrícula extranjera también deben contratar, durante su permanencia en el país, un seguro que otorga la misma cobertura que el SOAP, denominado SOAPEX. zcx

Cobertura SOAP

•     Muerte 300 UF

•     Incapacidad permanente total 300 UF

•     Incapacidad permanente parcial hasta 200 UF

•     Gastos médicos y hospitalarios hasta 300 UF (nivel 03 M.L.E. Fonasa)

Personas Cubiertas

  • El conductor del vehículo.

  • Las personas transportadas o pasajeros del vehículo y cualquier tercero afectado en un accidente en que haya intervenido un vehículo asegurado mediante SOAP, por ejemplo peatones o ciclistas

Casos en que NO opera el SOAP

  • Accidentes causados en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.

  • Accidentes ocurridos fuera del territorio nacional.

  • Guerra, sismo y cualquier otro accidente ocurrido como consecuencia de casos fortuitos enteramente extraños a la circulación del vehículo.

  • Suicidio y todo tipo de lesiones auto inferidas.

Beneficiarios en caso de muerte en orden de precedencia

  1. El cónyuge sobreviviente

  2. Los hijos menores de edad

  3. Los hijos mayores de edad

  4. Los padres

  5. La madre de los hijos de filiación no matrimonial del fallecido

  6. A falta de las personas antes indicadas, la indemnización corresponderá a quien acredite la calidad de heredero

¿Qué hacer en caso de accidente?

Concurrir a un servicio de urgencia, para ser atendido(a) por lesiones físicas (conductor, pasajero, peatón, ciclista, motorista) especificando que son por un accidente de tránsito).

Realizar la denuncia en Carabineros. Para ello debe conocer la patente del vehículo. Sin este dato es imposible identificar al automóvil involucrado.

Solicitar el certificado otorgado por el tribunal competente o el Ministerio Público, en el cual se consignen los datos del accidente de tránsito, de acuerdo al parte enviado al tribunal competente.

Denunciar el siniestro ante la compañía de seguros. Recordar guardar todas las boletas de gastos médicos y certificados junto a los documentos del Juzgado o Fiscalía que tenga a consecuencia del accidente. Deberá presentarlos a la compañía de seguros para que le reembolsen los gastos.

Plazo para reclamar los beneficios

  • Regla general: Un año contado desde la fecha en que ocurrió el accidente o a partir de la

muerte del accidentado siempre que haya

ocurrido dentro del año siguiente a la fecha del accidente, según el caso.

  • Incapacidad permanente: Un año desde la

fecha de emisión del certificado médico, el cual no podrá presentarse luego de dos años de la fecha del accidente.

La compañía de seguros deberá pagar en un plazo de 10 días desde la presentación de los antecedentes

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